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El Convenio Regulador
La   propuesta   de   convenio   regulador   es   el   documento   que   debe acompañar   a   toda   demanda   cuya   tramitación   se   realice   a   través   de   la vía consensual. El   convenio   regulador   es   un   acto   jurídico   complejo   en   que   los otorgantes   expresan   su   voluntad   de   separarse   o   divorciarse   y   proponen los   efectos   a   que   se   ha   de   adecuar   el   ejercicio   de   sus   derechos   de familia.   El   convenio   regulador   carece   de   fuerza   vinculante   si   no   ha   sido aprobado   por   el   Juez   competente,   por   ello   su   redacción   debe   ser   clara, conveniente y adecuada.
Convenio regulador
El convenio regulador debe contener al menos, los siguientes extremos:  -   El   cuidado   de   los   hijos   sujetos   a   la   patria   potestad   de   ambos,   el   ejercicio   de   esta   y,   en   su   caso,   el   régimen   de   comunicación   y   estancia   de   los   hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos. - Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicaciones de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquellos. - La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar. - La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso. - La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio - La pensión compensatoria que en su caso correspondiere satisfacer a uno de los cónyuges. Los   acuerdos   de   los   cónyuges   serán   aprobados   por   el   juez,   salvo   si   son   dañosos   para   los   hijos   o   gravemente   perjudiciales   para   uno   de   los   cónyuges,   en cuyo caso habrá de someterse a la consideración del juez una nueva propuesta para su aprobación, si procede. Las   medidas   que   el   Juez   adopta   en   defecto   de   acuerdo,   o   las   convenidas   por   los   cónyuges,   podrán   ser   modificadas   judicialmente   o   por   nuevo   convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
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El Convenio Regulador
La propuesta de convenio regulador es el documento que debe acompañar a toda demanda cuya tramitación se realice a través de la vía consensual. El convenio regulador es un acto jurídico complejo en que los otorgantes expresan su voluntad de separarse o divorciarse y proponen los efectos a que se ha de adecuar el ejercicio de sus derechos de familia.
Convenio regulador
El convenio regulador carece de fuerza vinculante si no ha sido aprobado por el Juez competente, por ello su redacción debe ser clara, conveniente y adecuada. El convenio regulador debe contener al menos, los siguientes extremos:  - El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de esta y, en su caso, el   régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos. - Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicaciones de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquellos. - La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar. - La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso. - La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio - La pensión compensatoria que en su caso correspondiere satisfacer a uno de los cónyuges. Los acuerdos de los cónyuges serán aprobados por el juez, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges, en cuyo caso habrá de someterse a la consideración del juez una nueva propuesta para su aprobación, si procede. Las medidas que el Juez adopta en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
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